El pasado 6 de octubre de 2022, se publicó en el BOE la Orden ETD/949/2022, de 29 de septiembre, por la que se actualizan las bases técnicas actuariales que sustentan los cálculos del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación contenido en el anexo del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre. De acuerdo con esta norma se produce la actualización de las bases de cálculo de las tablas de indemnizaciones para determinados supuestos que veremos a continuación, que se aplicará en los accidentes posteriores al 7 de octubre de 2022 y a los perjudicados que se hayan lesionado con fecha anterior pero con secuelas estabilizadas en un momento posterior a la entrada en vigor.
En primer lugar, se actualiza la metodología del cálculo de indemnizaciones por lucro cesante de los perjudicados que dependen económicamente de la víctima, a causa de su fallecimiento por accidente de circulación. Afecta por lo tanto al cónyuge y los hijos de la víctima, y a la indemnización de hermanos, padres, abuelos, nietos y allegados de la víctima.
En segundo lugar, se fija la metodología del cálculo de indemnizaciones por lucro cesante del lesionado por incapacidad permanente a causa de accidente de circulación. En él se establece el modelo de cálculo del perjuicio por lucro cesante. Se determina la indemnización del lesionado considerando las pérdidas ocasionadas por la incapacidad permanente, la duración del perjuicio, las pensiones de incapacidad permanente y el cálculo de su lucro cesante.
En tercer lugar, se recoge la metodología del cálculo de indemnizaciones por necesidad de ayuda de tercera persona a causa de accidente de circulación. Contiene la modelización del cálculo del perjuicio por necesidad de ayuda de tercera persona, la determinación de la indemnización, se valora esta necesidad, se determinan las horas de ayuda necesarias, se calculan las pérdidas o perjuicios económicos ocasionados por esa necesidad de ayuda y se determina la prestación pública a considerar en las proyecciones.
En último lugar, se refiere a las tablas de ayuda para la tramitación de siniestros, que son las siguientes: tabla técnica de coeficientes actuariales de conversión entre capitales y rentas vitalicias (TT1), tabla técnica de esperanzas de vida (TT2) y la tabla técnica de coeficientes de capitalización de prótesis y órtesis (TT3).
Tablas actualizadas:
- TABLA 1.C – – PERJUICIO PATRIMONIAL – LUCRO CESANTE – MUERTE.
- TABLA 2.C.3 – INDEMNIZACIONES de AYUDA DE TERCERA PERSONA
- TABLA 2.C.4 – LUCRO CESANTE POR INCAPACIDAD PARA REALIZAR CUALQUIER TRABAJO O ACTIVIDAD PROFESIONAL (ABSOLUTA)
- TABLA 2.C.5 – LUCRO CESANTE POR INCAPACIDAD PARA REALIZAR SU TRABAJO O ACTIVIDAD PROFESIONAL (TOTAL)
- TABLA 2.C.6 – LUCRO CESANTE POR INCAPACIDAD QUE DE ORIGEN A UNA DISMINUCIÓN PARCIAL DE INGRESOS EN EL EJERCICIO DE SU TRABAJO O ACTIVIDAD HABITUAL (PARCIAL)
- TABLA 2.C.7 – LUCRO CESANTE POR INCAPACIDAD ABSOLUTA DE LESIONADOS PENDIENTES DE ACCEDER AL MERCADO LABORAL
- TABLA 2.C.8 – LUCRO CESANTE POR INCAPACIDAD TOTAL DE LESIONADOS PENDIENTES DE ACCEDER AL MERCADO LABORAL
- TT1 – Tabla Técnica de coeficientes actuariales de conversión
- TT2 – Tabla Técnica Esperanzas de vida
- TT3 – Tabla técnica de coeficientes de capitalización de prótesis y órtesis.
