Desde el pasado 1 de mayo los Registros Civiles ya no expedirán más libros de familia, que pasarán a ser sustituidos por un registro electrónico individual.
Este nuevo formato digital permitirá agilizar los trámites y podrá ser consultado desde cualquier aparato electrónico. Esto termina con las disputas entre los excónyuges por quién será el custodio del documento familiar, dado que ambos tendrán un código individualizado que dará acceso a su propio registro electrónico individual, en el que se deja constancia de todas las anotaciones que antes aparecían en el libro de familia. Así, cada recién nacido contará con su propio registro electrónico individual.
Por el momento, los libros de familia ya expedidos no pierden su validez y siguen operando como documento oficial válido. No obstante, esta validez es temporal, mientras se incorporan progresivamente los registros individuales.
Este novedoso registro individual tendrá funciones similares a las que desempeñaba el libro de familia: tramitar la baja maternal, dar de alta a los hijos en la cartilla de la Seguridad Social, empadronamiento, solicitar plaza en una guardería o en un colegio público o concertado solicitar el paro o cobrar el subsidio, viajar con un bebé, etc.
