Si eres uno de los afectados por el cártel de los coches podrás reclamar aproximadamente un 10% del precio pagado en la compra de tu automóvil. Te contamos cómo hacerlo.
- ¿Qué es el denominado cártel de los coches? El Tribunal Supremo ha ratificado las multas que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia impuso a varios fabricantes de vehículos por intercambiar información comercial entre los años 2006 y 2013, adoptando así prácticas que infringen el derecho de la competencia y provocando que los fabricantes no compitiesen entre sí, incrementando el precio de venta de los vehículos.
- ¿Quién tiene derecho a reclamar? Aquellas personas que adquiriesen un coche por compra, leasing o renting entre el 2006 y el 2013, de las marcas que la justicia ha considerado que pertenecían al cártel de los coches. Pueden reclamar tanto particulares, como empresas o autónomos. Asimismo, los modelos adquiridos pueden ser tanto nuevos como de ocasión.
- ¿Cuáles son las marcas implicadas? Un 90% de las marcas del mercado están implicadas en este entramado. Estas son: Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroën, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Lexus, Mercedes Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Skoda, Toyoya, Volkswagen y Volvo.
- ¿Qué necesito para reclamar? Debes conservar la documentación acreditativa de dicha compra (ya sea factura, contrato de compraventa, contrato de financiación, transferencia efectuada…), así como la ficha técnica y permiso de circulación del vehículo.
- ¿Qué importe puedo reclamar? Se entiende que ese intercambio de información entre marcas encareció el precio de los vehículos, por lo que, los clientes que sufrieron ese encarecimiento pueden reclamar ahora dicho sobrecoste. La indemnización será variable dependiendo de las circunstancias concretas y de cada consumidor, por ello, para obtener la estimación de esa cuantía es necesario un informe pericial económico que acredite a cuanto ascendió ese sobrecoste, en atención al examen y análisis de los datos de las transacciones acontecidas. Por lo general, se estima que, de media, dicho sobrecoste oscila entre un 10% y el 15% del precio pagado.
- ¿Qué plazo tengo para reclamar? Un año desde la sentencia del Tribunal Supremo que condene a la marca implicada. La mayoría de las sentencias han salido el pasado mes de octubre y las que faltan se espera que lo hagan pronto.
- ¿Puedo efectuar la reclamación si ya no tengo el coche? Sí, aunque hayas vendido el vehículo, en su momento has tenido que pagar también un sobrecoste. Lo que necesitas es la documentación que acredite a la compra.
Si crees que puedes estar entre los afectados, ponte en contacto con nosotros y te asesoraremos en todo el proceso.